Chiquito rollo, de tres folios, le ha metido el Cabildo a Ben Magec para negarle el derecho a tener acceso tanto al plan de residuos definitivo, una vez pasado el trámite de las alegaciones (supuestamente, porque también se niegan a contestarlas hasta que no está aprobado definitivamente, con lo que me dirán ustedes...), como mínimo una mañana les ha llevado al equipo jurídico de Wladimiro redactar ese documento dándole retorcidas vueltas a la legislación vigente para mandar a la mierda al colectivo ecologista.
Se trata de que, según el Cabildo, como el documento está en manos de los políticos, que lo deben aprobar (eso está decidido hace mucho tiempo y sólo falta el trámite formal con la incógnita de la postura del PSOE, como siempre), no cabe que esté, al mismo tiempo, en manos de los ciudadanos simplemente para que hagan lo único que pueden hacer en este momento, que es opinar en privado o públicamente. Por lo visto eso puede 'perturbar la normal tramitación del expediente'. Tócate las narices, y existe base legal por lo visto, para defender eso.
Hasta los sumarios judiciales más delicados, declarados secretos, andan pululando por los medios de comunicación, pero el PTEOR, por lo visto, no puede ser objeto de crítica -negativa o positiva- porque le han metido una incineradora que nadie quiere y le pueden joder el negocio a la multinacional de turno. Y diga lo que diga Wladimiro y sus avezados abogados en este momento, yo que quieren que les diga, esto no deja de ser otra cosa que tremenda belillada que favorece la desconfianza, la sospecha y la duda sobre los verdaderos intereses que se esconden detrás de ese aparatito de treinta mil millones de pesetas, que habremos de pagar todos de nuestro recibito de la basura, para dilapidar recursos, posibilidades de empleo y para joderle la vida definitivamente a los vecinos de la costa de Arico póngase como se ponga el ingeniero ese catalán que se han traído para justificar lo injustificable. Que hasta el propio Cabildo dijo que era menos peligrosa en Granadilla, ya tenían hasta la complacencia de González Cejas, pero llegó la Carmen Nieves, de su mismo partido, y los mando a tomar viento fresco, nunca mejor dicho, con unas alegaciones contundentes contra la incineración en Granadilla y en cualquier parte. Vamos, que no se trataba de uno de las habituales pataletas de Eladio Morales, sino de algo que iba muy en serio y refrendado por el pleno municipal.
A tal punto llega el secretismo que niegan datos como la evolución de los residuos que llegan al vertedero de Arico (que está disminuyendo drásticamente entre otras cosas por la crisis), el volumen de envases que llegan de cada municipio (que nosotros utilizábamos habitualmente para darle caña a los ayuntamientos más perezosos y por lo visto eso no gusta tampoco) o el famoso estudio del catalán que dice que la incineradora puede llegar hasta a mejorar la calidad del aire en la costa de Arico, por lo visto porque nadie lo conoce más que por lo que han publicado en prensa. Tiempos tiempos aquellos en los que Wladimiro presentó una carísima página web por medio de la cual nos prometían que todo iba a ser pura transparencia. Web que, por cierto, pagamos todos y de la que ha desaparecido hasta el dominio (residuosdetenerife.org).
En fin, más de lo mismo, qué pena el tiempo que le dedicamos algunos pringados a esto, que una vez salí corriendo con el coche porque se me hizo tarde para una de esas reuniones 'participativas' y le di un viaje al coche que me costó 300 euros reparar. Que hay que ser gilipollas, por otro lado.
1929 Dirección General de Ordenación del Territorio.- Resolución de 2 de diciembre de 2008, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 24 de noviembre de 2008, relativo a la Inserción del Procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica en el procedimiento de aprobación del Plan Territorial Especial de Ordenación de Residuos de la isla de Tenerife.
En aplicación de la legislación vigente, por la presente,
R E S U E L V O:
Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 24 de noviembre de 2008, relativo a la Inserción del Procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica en el procedimiento para la aprobación del Plan Territorial Especial de Ordenación de Residuos de la isla de Tenerife, cuyo texto se adjunta como anexo.
Las Palmas de Gran Canaria, a 2 de diciembre de
2008.- La Directora General de Ordenación del Territorio,
Sulbey González González.
A N E X O
La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias en sesión celebrada el 24 de noviembre de 2008 en su sede de Las Palmas de Gran Canaria, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:
Primero.- En aplicación del artículo 92.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y por analogía con el criterio aplicado por la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias en su sesión de 30 de julio de 2008, en cuanto a la no aplicación de la caducidad en los expedientes de aprobación de los Planes y Normas de Espacios Naturales Protegidos por afectar estos al interés general, y teniendo en cuenta el acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno Insular del Cabildo de Tenerife de fecha 17 de noviembre de 2008, insertar el Procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica en el procedimiento para la aprobación del Plan Territorial Especial de Ordenación de Residuos de la isla de Tenerife, atendiendo al estado de tramitación del propio expediente, sin necesidad de retrotraer las actuaciones, debiendo aprobarse la Memoria Ambiental, si procede, con carácter previo a la aprobación definitiva del expediente, en virtud de lo preceptuado en la Disposición Transitoria Segunda, apartado 4º del Decreto 55/2006, de 9 de mayo, en la redacción dada por el Decreto 30/2007, de 5 de febrero.
Segundo.- El presente Acuerdo será publicado en el Boletín Oficial de Canarias y notificado al Cabildo Insular de Tenerife.
Contra el presente acto, por ser de trámite, no cabe recurso alguno, pudiendo, no obstante, interponer
el que considere más oportuno a su derecho si entendiese que se dan algunos de los supuestos excepcionales establecidos en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La presente notificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del
acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, aprobado por Decreto 129/2001, de 11 de junio.- La Secretaria de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, Ángela Sánchez Alemán.